Insolvencia Económica

¿Qué es?

La INSOLVENCIA ECONÓMICA es una situación jurídica en la que se encuentra una PERSONA Natural cuando no puede hacer frente al pago de sus deudas. Esta situación se produce cuando SUS DEUDAS exigibles superan el 30% de sus ingresos .

¿Qué hacer?

Para personas Naturales, la Ley 1564 de 2012 brinda una solución a tus problemas económicos y te acerca a tu objetivo de libertad financiera. Los beneficios de acogerse a esta ley entre otros son:

  1. El proceso dura maximo 90 días.
  2. Se suspende el Proceso Jurídico.
  3. Si no llegas a un acuerdo, se liquida la deuda con tu patrimonio y quedas al día.
  4. Te eliminan el reporte en las centrales de riesgos.
  5. Puedes Ahorrar durante el proceso.
  6. Negocias acuerdos de pago según tu ingreso actual.
  7. Puedes realizar inversiones.
  8. DEJAN de llamarte las agencias de cobro.

 

¿Quienes Pueden?

La Ley 1564 de 2012 estipula ciertos requisitos que deben cumplirse obligatoriamente para ser apto de acogerse al proceso:

  1. Ser Persona Natural.
  2. Tener dos (2) o mas deudas con mora mayor o igual a 90 días.
  3. Las deudas vencidas deben ser mas del 50% de todas las deudas.

¿Preguntas Frecuentes?

La Ley 1564 de 2012 contempla las siguientes deudas:

  1. Arriendos.
  2. Todo tipo de créditos.
  3. Deudas a personas.
  4. Impuestos.
  5. Servicios Públicos.

No solo puedes pagar con bienes inmuebles, puedes pagar con objetos de menor valor como celulares, electrodomestricos, etc.

La Ley 1564 de 2012 tiene la fuerza necesaria para siempre resolver con un acuerdo.

No podrán embargarte durante el proceso y dependiendo del plan final, o pagas sin intereses o con un bien.

El beneficio de la Ley 1564 de 2012 contempla pagar un valor estándar que podrás reunir mientras estas en el proceso.

Si llegas a un acuerdo de pago según tus ingresos actuales, no impacta negativamente en las centrales de riesgos. Si por el contrario se liquidan tus bienes, el reporte en ellas será por seis (6) años.

La Ley 1564 de 2012 no limita el monto, solo requiere que supere noventa (90) días de mora.

Tienes la Oportunidad de alcanzar tu tranquilidad.

No esperes mas para resolver tus problemas jurídicos y aprovecha esta oportunidad que te brinda la Ley 1564 de 2012.